Obligaciones de la empresa en el control horario del teletrabajo

El control horario en el teletrabajo es una obligación legal, exactamente igual que en el trabajo presencial. Muchas empresas siguen pensando que la falta de presencialidad relaja esta exigencia, y es justo al revés: cuanto menos visible es la jornada, más peso le da la Inspección de Trabajo al registro. Desde la entrada en vigor del Real Decreto-ley 8/2019, todas las empresas deben registrar diariamente la jornada de sus trabajadores, sin importar tamaño ni sector. El teletrabajo no es una excepción: se aplica exactamente el mismo mandato del artículo 34.9 del Estatuto de los Trabajadores. En este artículo de Segú Assessors repasamos qué debe incluir un registro de jornada laboral correcto, cómo aplicarlo al teletrabajo sin invadir la privacidad del empleado y qué sanciones puede imponer la Inspección si no se hace bien. ¿Es obligatoria la obligación de registro de jornada laboral en el teletrabajo? Sí, sin excepción. El registro horario debe aplicarse a la totalidad de trabajadores y es obligatorio en todos los sectores, independientemente de si prestan servicio desde la oficina o desde casa. Las personas que teletrabajan, ya sea de forma parcial o completa, tienen que registrar diariamente su hora de inicio y de fin de jornada,…