Modelo 202: qué es y cuándo tienes que presentarlo
El modelo 202 es una de esas obligaciones que muchas sociedades solo descubren cuando les llega el primer requerimiento. No es una declaración anual ni un impuesto nuevo: es un pago a cuenta del Impuesto sobre Sociedades que la sociedad adelanta durante el año, antes de presentar la liquidación definitiva. El próximo plazo está a la vuelta de la esquina. Según el calendario del contribuyente de la Agencia Tributaria, el modelo 202 del régimen general se presenta hasta el 20 de octubre de 2026, junto con el resto de obligaciones del tercer trimestre. En este artículo de Segú Assessors explicamos qué es este modelo, quién está obligado a presentarlo, cómo se calculan los pagos fraccionados del Impuesto sobre Sociedades y qué errores conviene evitar en cada plazo. ¿Qué es el modelo 202? El 202 es la autoliquidación con la que las sociedades ingresan los pagos fraccionados del Impuesto sobre Sociedades. La lógica es sencilla: en lugar de pagar todo el impuesto de golpe al año siguiente, la sociedad va adelantando una parte durante el propio ejercicio. Lo regula el artículo 40 de la Ley 27/2014 del Impuesto sobre Sociedades, que lo define como un pago a cuenta de la liquidación…


