Especialistas en entidades de economía social

Cooperativas, fundaciones y asociaciones: cuando la misión importa, la gestión no puede fallar

La economía social no es un sector residual. En Cataluña, cooperativas, fundaciones, asociaciones y empresas de inserción generan empleo, prestan servicios y mueven recursos con una lógica que no es la del mercado ordinario. Pero su gestión fiscal, contable y laboral tampoco lo es.

Cada figura jurídica tiene su propio marco normativo, sus obligaciones específicas y sus oportunidades de fiscalidad y financiación que solo se aprovechan si el asesoramiento parte de ese conocimiento. 

En Segú Assessors trabajamos con entidades de la economía social desde hace más de 30 años, con el mismo rigor técnico que aplicamos al resto de nuestros clientes y con el criterio específico que este tipo de organizaciones exige.

Nuestros servicios para entidades de economía social

Cooperativas y sociedades laborales

Las cooperativas están sujetas a la Ley 20/1990 de Régimen Fiscal de las Cooperativas y la Ley 12/2015 de 9 de julio de cooperativas de Cataluña, con tipos impositivos diferenciados, fondos obligatorios con tratamiento fiscal propio y retornos cooperativos que no se gestionan como dividendos.

Las sociedades laborales tienen restricciones específicas en la transmisión de participaciones y en el porcentaje de horas trabajadas por personal no socio que hay que controlar para no perder su calificación. Asesoramos en todas las áreas que afectan a su operativa: fiscal, contable, laboral y jurídica.

Fundaciones

Las fundaciones tienen obligaciones contables específicas ante su protectorado de fundaciones correspondiente conforme al Plan de Contabilidad de Entidades sin Fines

Lucrativos, y acceso al régimen fiscal especial de la Ley 49/2002 con exenciones en el Impuesto sobre Sociedades para las rentas de sus actividades propias.

Ese régimen no se aplica automáticamente: hay que cumplir los requisitos, comunicarlo a la Administración y mantener la separación contable entre actividades propias y actividades económicas de forma continua.

Asociaciones

Las asociaciones declaradas de utilidad pública o acogidas al régimen especial de la Ley 49/2002 tienen acceso a ventajas fiscales que muchas no aplican correctamente por falta de criterio técnico en la gestión ordinaria.

La distinción entre actividad propia y actividad económica, las obligaciones de rendición de cuentas ante el registro correspondiente y la gestión del voluntariado son áreas que requieren un asesoramiento que conozca su marco específico.

Empresas de inserción y centros especiales de empleo

Las empresas de inserción y los centros especiales de empleo combinan una actividad productiva ordinaria con una estructura laboral específica: porcentajes mínimos de trabajadores de inserción o con discapacidad, itinerarios de incorporación, bonificaciones en cotizaciones y acceso a ayudas públicas vinculadas al mantenimiento de esa estructura.

El incumplimiento de los porcentajes puede implicar la pérdida de la calificación y de todas las ventajas asociadas.

ECONOMÍA SOCIAL

Cuéntanos qué tipo de entidad tienes y analizamos en qué áreas necesitas refuerzo

Nuestro equipo analizará la situación de tu entidad y te explicará en qué áreas tu figura jurídica tiene obligaciones específicas o ventajas que no estás aprovechando.

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    ¿Qué ocurre cuando una entidad de economía social recibe asesoramiento generalista?

    El problema no suele ser visible de inmediato. Una cooperativa que aplica los criterios fiscales del régimen general lleva años pagando más de lo que le corresponde sin saberlo. Una fundación que no ha separado contablemente su actividad propia de su actividad económica acumula un riesgo ante el protectorado que puede materializarse en el peor momento.

    Y una asociación que no ha activado el régimen especial de la Ley 49/2002 está dejando pasar ventajas fiscales a las que podría tener derecho desde el primer día.

    Situación habitual
    Cómo le ayudamos desde Segú Assessors
    Cooperativa que no ha solicitado la calificación fiscal protegida
    Revisamos tu situación, evaluamos los requisitos y regularizamos la aplicación del régimen que te corresponde
    Fundación que gestiona su contabilidad con el plan general
    Adaptamos la contabilidad al Plan de Entidades sin Fines Lucrativos y regularizamos la presentación ante el protectorado
    Asociación que no ha activado el régimen especial de la Ley 49/2002
    Analizamos si cumple los requisitos, gestionamos la comunicación y establecemos la separación contable necesaria
    Empresa de inserción con dudas sobre el mantenimiento de su calificación
    Controlamos los porcentajes exigidos, gestionamos las bonificaciones aplicables y hacemos el seguimiento ante los organismos competentes
    Entidad que necesita constituirse o transformar su figura jurídica
    Asesoramos en la elección de la forma más adecuada y gestionamos el proceso completo ante el registro competente

    Opiniones de entidades que han encontrado el asesoramiento que necesitaban

    Quienes trabajan con nosotros destacan que no tienen que explicar desde cero cómo funciona su entidad cada vez que surge un asunto. El conocimiento del marco normativo específico es el punto de partida, no el resultado de una consulta.

    Asesoría para economía social en Barcelona

    Cataluña tiene uno de los tejidos de economía social más activos de España. Cooperativas de trabajo, fundaciones culturales y sociales, asociaciones de todo tipo y empresas de inserción que generan empleo e impacto en el territorio. 

    Todas merecen un asesoramiento que entienda su contexto desde el primer día. Si tu entidad necesita revisar su situación o resolver cualquier asunto jurídico, fiscal o laboral específico de su figura, estamos disponibles para analizarlo.

    Contacta con nosotros.

    Horario de atención:

    • Lunes a jueves: 09:00 – 17:00 h
    • Viernes: 09:00 – 14:00 h

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    Preguntas frecuentes sobre asesoría para entidades de economía social

    ¿Qué tipos de entidades forman parte de la economía social?

    La Ley 5/2011 de Economía Social reconoce cooperativas, sociedades laborales, mutualidades, fundaciones y asociaciones que realicen actividad económica, empresas de inserción, centros especiales de empleo y sociedades agrarias de transformación, entre otras. 

    En Cataluña, las cooperativas de trabajo asociado, las cooperativas de consumo, las fundaciones y las asociaciones sin ánimo de lucro representan la mayor parte del tejido activo del sector.

    ¿Qué ventajas fiscales tiene una cooperativa respecto a una sociedad mercantil ordinaria?

    Las cooperativas fiscalmente protegidas tributan al 20% en el Impuesto sobre Sociedades en lugar del 25% general, y las especialmente protegidas pueden acceder a una bonificación del 50% sobre la cuota íntegra.

    Además, las dotaciones obligatorias al Fondo de Reserva Obligatorio y al Fondo de Educación y Promoción son deducibles dentro de los límites legales. Estas ventajas solo se aplican si la cooperativa cumple los requisitos y ha obtenido la calificación correspondiente.

    ¿Una empresa de inserción puede contratar trabajadores ordinarios además de los de inserción?

    La asociación se constituye por un mínimo de tres personas con un fin común no lucrativo y su gobierno recae en la asamblea de socios. La fundación se constituye mediante una dotación patrimonial afecta a un fin de interés general y está supervisada por un protectorado.

    Ambas pueden acogerse al régimen fiscal especial de la Ley 49/2002, pero tienen estructuras de gobierno, obligaciones de rendición de cuentas y marcos contables que se gestionan de forma diferente.

    ¿Una empresa de inserción puede contratar trabajadores ordinarios además de los de inserción?

    Sí, pero debe mantener los porcentajes mínimos de trabajadores de inserción que establece la normativa. En Cataluña, la Llei 27/2002 de mesures legislatives per regular les empreses d’inserció sociolaboral establece los requisitos específicos.

    El incumplimiento de esos porcentajes puede implicar la pérdida de la calificación y de las bonificaciones y ayudas asociadas, por lo que el control continuo de esa estructura es parte del asesoramiento ordinario.