Si llevas tiempo en España y aún no has regularizado tu situación, el arraigo social puede ser tu vía para acceder a la residencia legal sin necesidad de salir del país. Este mecanismo sigue vigente en 2026 con mejoras que lo hacen más accesible y adaptado a la realidad de muchas personas extranjeras.
En este artículo de Segú Assessors te explicamos cómo solicitar el arraigo social paso a paso, qué documentos debes preparar y qué alternativas existen si no cuentas con un contrato de trabajo.
¿Quién puede pedir el arraigo social en 2026?
El arraigo social está pensado para personas que hayan vivido en España durante al menos dos años de forma continuada y se encuentren en situación administrativa irregular.
Además, deberás cumplir otros requisitos:
- No ser ciudadano de la UE, EEE o Suiza.
- No tener antecedentes penales en los últimos cinco años.
- Aportar prueba de tu integración en la sociedad española, ya sea por vínculos familiares, laborales o sociales.
Cómo demostrar tu permanencia en España
El requisito de dos años de permanencia debe acreditarse con documentos fehacientes. El más habitual es el certificado de empadronamiento histórico, aunque también puedes usar contratos de alquiler, facturas, registros médicos o bancarios.
En total, no puedes haber estado fuera del país más de 90 días en ese período.
Alternativas para justificar la integración social
La normativa de extranjería reconoce tres vías para justificar tu arraigo:
- Contrato de trabajo con condiciones mínimas (ver siguiente sección).
- Medios económicos propios, si no dispones de empleo pero puedes mantenerte.
- Informe de arraigo emitido por los servicios sociales del ayuntamiento donde resides.
Esta última opción es fundamental si no tienes ni contrato ni familiares directos con residencia legal en España.
Contrato de trabajo para arraigo social: condiciones actualizadas
En 2026, puedes presentar uno o varios contratos siempre que:
- La jornada total supere las 20 horas semanales.
- El salario cumpla al menos el SMI vigente o el convenio del sector.
- Estén firmados por empleadores solventes que cumplan con sus obligaciones fiscales y laborales.
Se aceptan contratos indefinidos, temporales o fijos-discontinuos.
¿Puedo pedir el arraigo como autónomo?
Sí. Puedes regularizarte por cuenta propia si presentas:
- Un plan de negocio viable.
- Alta en el IAE y en la Seguridad Social como autónomo.
- Prueba de que cuentas con medios para iniciar y mantener tu actividad durante el primer año.
Además, deberás obtener un informe favorable de viabilidad del proyecto emitido por una entidad reconocida.
Medios económicos válidos si no tienes contrato
Otra alternativa es justificar que puedes mantenerte económicamente sin trabajar. Para ello, puedes presentar:
- Extractos bancarios a tu nombre.
- Ingresos como profesional independiente.
- Ayuda económica de familiares con residencia legal.
La referencia mínima suele ser el 100% del Ingreso Mínimo Vital, actualmente en torno a los 600 € mensuales.
Informe de arraigo social: entrevista con servicios sociales
Cuando no se presenta contrato ni vínculos familiares, es obligatorio el informe de integración social. Lo tramitas en el ayuntamiento donde estés empadronado.
En la entrevista, valorarán:
- Tu conocimiento del idioma.
- Participación en actividades formativas o sociales.
- Grado de inserción en la comunidad.
Este informe puede marcar la diferencia en el éxito de la solicitud.
Paso a paso: cómo solicitar el arraigo social en 2026
- Reúne toda la documentación según tu modalidad (con contrato, como autónomo o con medios propios).
- Pide cita en la Oficina de Extranjería o presenta la solicitud online vía sede electrónica.
- Rellena el modelo EX-10 y paga la tasa 790 código 052.
- Aporta pasaporte, padrón, certificados y resto de justificantes.
- Espera resolución (máximo tres meses). Si no hay respuesta, se entiende denegada.
¿Qué ocurre si te deniegan la solicitud?
En caso de denegación, puedes presentar un recurso de reposición o iniciar una nueva solicitud corrigiendo lo que falló.
Las causas más comunes de rechazo son:
- Documentación incompleta o mal presentada.
- Contratos que no cumplen requisitos.
- Ausencia de pruebas suficientes de arraigo.
Contar con un equipo como Segú Assessors reduce estos riesgos y te ayuda a completar el trámite con garantías.
¿El permiso se puede renovar?
El arraigo social concede una residencia inicial de un año, pero no se renueva directamente. Al finalizar ese año, puedes:
- Modificar a una autorización de residencia y trabajo ordinaria.
- Solicitar otro tipo de permiso si cambian tus circunstancias.
Es clave preparar esta transición con tiempo para no volver a quedar en situación irregular.
Segú Assessors, especialistas en arraigo social y extranjería
En Segú Assessors te ayudamos a gestionar paso a paso tu solicitud de residencia por arraigo social en 2026. Nos ocupamos de revisar tus contratos, comprobar que tu documentación esté completa y preparar contigo la entrevista social.
Con nuestro apoyo, reduces los errores y aumentas las posibilidades de conseguir la aprobación. Somos la asesoría en extranjería en Barcelona comprometida con quienes buscan regularizar su situación con seguridad jurídica.
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Preguntas frecuentes sobre el arraigo social 2026
Debes presentar el modelo EX-10 junto al justificante de pago de la tasa 790 código 052 y toda la documentación acreditativa.
El plazo máximo de resolución es de tres meses desde la presentación. En algunas provincias se resuelve antes.
Sí, siempre que hayas tramitado el arraigo con contrato laboral o como autónomo. Si lo solicitaste por medios económicos, necesitarás una modificación.
Solo si no presentas ni contrato laboral ni familiares directos con residencia legal. En esos casos, es indispensable.
No. El arraigo social solo puede solicitarse desde dentro del territorio español.
Podrás mantener el permiso durante su vigencia. Para renovarlo o modificarlo, necesitarás cumplir los nuevos requisitos en ese momento.
Tienes derecho a presentar un recurso o volver a solicitar el permiso corrigiendo lo que motivó la denegación.





